 | Seguro de discapacidad a corto plazo (STD): Preguntas frecuentes
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La cobertura de seguro de discapacidad a corto plazo reemplaza el salario de aquellas personas que sufren una pérdida de su remuneración debido a una discapacidad. La cobertura de STD dura un año, como máximo.
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La cobertura de STD puede obtenerse en forma grupal o individual. La cobertura grupal puede ser brindada por un empleador, grupo profesional o asociación. La cobertura individual puede contratarse directamente a un agente de seguros sujeto a un proceso de aprobación del historial médico.
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Si se brinda cobertura de STD a través del empleador, la persona debe trabajar durante un período específico, que se conoce como período de espera en servicio, antes de poder recibir los beneficios. Para el caso de cobertura que se presta a través de asociaciones o entidades profesionales, el individuo debe ser miembro de este grupo durante el período establecido de tiempo. Las pólizas individuales pueden contratarse directamente a un agente de seguros sujeto a un proceso de aprobación del historial médico. Las pólizas individuales, en general, pueden contratarse si usted no recibió ningún tratamiento médico por una afección potencialmente discapacitante durante los últimos 10 años. El tratamiento médico incluye la prescripción de medicamentos y las consultas médicas.
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Si usted tiene cobertura de STD costeada por el empleador, debe cumplir con el requisito de trabajo activo para poder afiliarse a los beneficios. Para el caso de cobertura de STD que se presta a través de asociaciones o entidades profesionales, debe cumplir sus requisitos específicos a fin de poder suscribirse a la cobertura. En el resumen del plan se consignan mayores detalles.
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La cobertura de STD se hace cargo de un reemplazo mensual de los ingresos que se determina en términos de porcentaje, de ingresos brutos previos a la discapacidad o un monto específico en dólares. Los beneficios varían, por eso debe verificar los detalles que se consignan en el resumen del plan.
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Una afección preexistente es cualquier afección médica por la cual se recibió "tratamiento médico" entre tres y seis meses antes de la fecha de vigencia de la cobertura. Los planes del STD pueden establecer períodos de exclusión por una afección preexistente. Durante este período, la póliza no cubre una afección médica del individuo previa. Sin embargo, una vez que vence el período de exclusión por afección preexistente, la afección pasa a estar cubierta por la cobertura del STD.
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Para cumplir con el período de exclusión por una afección preexistente para la cobertura del STD debe:
Una vez concluido el período de exclusión, estará cubierto por cualquier discapacidad preexistente.
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No. La cobertura de STD sólo se ocupa del reemplazo del salario. En el caso de cobertura de STD costeada por el empleador, éste puede utilizar su elegibilidad para el STD a fin de determinar la elegibilidad continua para otros beneficios, tales como seguro médico y de vida.
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Si tiene una cobertura de STD individual, tendrá que hacerse cargo de todos los costos.
Si tiene una cobertura de STD grupal, puede ser que no tenga que pagar nada, que tenga que pagar un porcentaje del costo o una prima fija. En el caso de cobertura de STD costeada por el empleador, tal vez deba pagar un monto que esté por encima de lo que el empleador decida pagar. Esto se determina a través de los contratos que el empleador firma con las compañías de seguro. Su empleador, el Departamento de Recursos Humanos o los encargados del área de personal pueden darle más detalles sobre este beneficio.
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Puede durar hasta 12 meses.
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Los requisitos de afiliación y elegibilidad dependen del tipo de cobertura de STD que tenga, ya sea grupal (a través del empleador, de una entidad profesional o una asociación) o individual. Por ejemplo, si tiene cobertura de STD costeada por el empleador, deberá cumplir los requisitos de trabajo activo, lo cual significa que debe trabajar una cantidad mínima de horas por semana. Si no puede cumplir con los requisitos de trabajo activo debido a una discapacidad, y ya pasó el período de espera en servicio y el período de exclusión por afección preexistente, la cobertura de STD puede utilizarse para reemplazar una parte de su salario. Si tiene cobertura de STD a través de una entidad profesional o una asociación, deberá mantener la membresía para seguir siendo elegible para recibir los beneficios.
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No. No existen restricciones en cuanto a ingresos o propiedades para recibir la cobertura de STD.
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La cobertura del STD es un seguro privado que se ofrece a través de planes individuales o grupales (empleador, entidad profesional o asociación). La cobertura STD no tiene restricciones relacionadas con ingresos o propiedades. La cobertura varía según las póliza de seguro en cuestión. Algunos empleadores pueden brindar esta cobertura en lugar del Seguro de Discapacidad del Estado de California (SDI). Los programas de reemplazo de salario federales y de los estados - Seguro de Discapacidad del Seguro Social (SSDI) e Ingreso de Seguridad Adicional (SSI) - son beneficios públicos. Para recibir el reemplazo salarial público, el individuo no tiene que pertenecer a un grupo, sino que debe reunir requisitos específicos.
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No. Las normas de inmigración que deben considerarse se refieren a su condición de residente legal y a su autorización legal para trabajar en California.
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Sí. Algunos planes de STD grupales son transferibles si no está discapacitado cuando se desvincula del grupo. No olvide consultar el resumen del plan para ver si éste prevé una opción de transferibilidad (portabilidad). Si la póliza de STD no permite la portabilidad, debe volver a inscribirse durante el período de afiliación y completar tanto el período de espera en servicio como el de exclusión por afección preexistente.
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