2) ¿Se conoce el programa Medi-Cal/HIPP con otro nombre?
Sí. También se lo denomina Programa HIPP o directamente HIPP. Estrictamente hablando, Medi-Cal/HIPP paga las primas de las personas que son beneficiarias de una cobertura privada. Si puede acceder a una cobertura médica privada, pero aún no se inscribió, el programa se conoce como Plan de Salud Grupal del Empleador (EGHP). Excepto por los distintos nombres, los programas son idénticos en otros aspectos y se denominan simplemente “Medi-Cal/HIPP”.
3) ¿Qué beneficios brinda Medi-Cal/HIPP y durante cuánto tiempo?
El programa Medi-Cal/HIPP paga las primas del seguro médico privado. Los beneficios de este programa duran todo el tiempo que usted mantenga su elegibilidad.
4) ¿Qué beneficios brinda Medi-Cal/HIPP y durante cuánto tiempo?
El programa Medi-Cal/HIPP paga las primas del seguro médico privado. Los beneficios de este programa duran todo el tiempo que usted mantenga su elegibilidad.
5) ¿Qué es una afección médica de tratamiento costoso?
Es aquella afección cuyos gastos médicos mensuales promedio son, por lo menos, iguales al doble del costo de la prima del seguro médico mensual. Algunas de las afecciones comprendidas en esta categoría incluyen, sin limitación alguna, el VIH/SIDA, embarazo, cáncer y los transplantes de órganos.
6) ¿Para qué puedo usar Medi-Cal/HIPP?
Puede usarlo para pagar el costo de las primas del seguro médico privado. Medi-Cal cubre los servicios a los cuales no puede acceder con la póliza privada, además de los deducibles y copagos. Usted debe pagar su costo compartido antes de poder usar los servicios de Medi-Cal.
7) ¿Se deben cumplir algunos requisitos médicos para acceder al programa Medi-Cal/HIPP?
8) ¿El dinero que tengo en el banco o los bienes que poseo afectan mi elegibilidad para el programa Medi-Cal/HIPP?
Sí. Para ser elegible para este programa, usted debe reunir primero los requisitos de ingresos y bienes del sistema Medi-Cal, los cuales dependen de la categoría de elegibilidad de Medi-Cal a la que pertenece.
9) ¿Cómo se presenta la solicitud para Medi-Cal/HIPP?
Un aviso de pago de las primas o un formulario de elección de COBRA o Cal-COBRA.
10) ¿Cuánto tardaré en recibir los beneficios de Medi-Cal/HIPP?
El procesamiento de las solicitudes de Medi-Cal/HIPP puede tardar hasta 90 días. Una vez aprobada su solicitud, debe esperar al menos 8-12 semanas antes de que se empiecen a pagar las primas en su nombre.
11) ¿Puedo ser elegible para Medi-Cal/HIPP y la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) al mismo tiempo?
Sí. Si es elegible para la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), también lo será automáticamente para el sistema Medi-Cal. Si reúne los requisitos establecidos para Medi-Cal/HIPP, entonces se le pagarán las primas del seguro privado también.
12) ¿Puedo ser elegible para Medi-Cal/HIPP y el Seguro de Discapacidad del Seguro Social (SSDI) al mismo tiempo?
Sí. Si es aceptado en una categoría de elegibilidad de Medi-Cal sin un costo compartido O con un costo compartido menor que $200, usted podrá ser elegible también para el programa Medi-Cal/HIPP.
13) ¿Cómo puedo mantener la cobertura/elegibilidad para Medi-Cal/HIPP?
Usted debe continuar cumpliendo los requisitos para recibir los beneficios de Medi-Cal/HIPP. Todos los años se reexamina su elegibilidad.
14) ¿Se debe cumplir alguna norma de inmigración para acceder a este programa?
Sí. Para ser elegible, usted debe cumplir con las normas de residencia del sistema Medi-Cal.
15) ¿Cuál es la diferencia entre Medi-Cal y Medi-Cal/HIPP?
La principal diferencia entre el sistema Medi-Cal y el programa Medi-Cal/HIPP es que el primero paga los costos de la atención médica, facturados hasta tres meses antes de la fecha de la solicitud, mientras que el segundo sólo cubre las primas del seguro y no hace pagos retrobienes.
16) ¿El hecho de tener un empleo afecta los beneficios de Medi-Cal/HIPP?
Para evitar pagar un costo compartido o que éste se incremente, usted puede presentar una solicitud para el Programa para Trabajadores Discapacitados al 250% de California(250% CWD) y, en cambio, pagar una pequeña prima, locual le permitirá continuar usando el seguro médico privado y la cobertura de Medi-Cal.
Nota: Tendrá que seguir reuniendo los requisitos establecidos para su categoría de elegibilidadde Medi-Cal.