 |  |  | Servicios de Asistencia en el Hogar (IHSS): Preguntas frecuentes |  |  |  |  |  |  |  |  |
1) ¿Qué es IHSS? |
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El Programa de Servicios de Asistencia en el Hogar (IHSS) provee a las personas que son invidentes, que están discapacitadas, o tienen más de 65 años, servicios de cuidado personal y domésticos, para que puedan vivir en sus hogares o conservar su empleo de modo seguro. Los servicios varían de una ayuda con las tareas domésticas a cuidados personales y auxilios paramédicos. A menudo, este programa se considera como una alternativa a una residencia con asistencia para las actividades diarias o a un hogar de ancianos. |
2) ¿Quién es elegible para el programa IHSS? |
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Todo residente de California que vive en su propia casa y que reúne uno de los siguientes requisitos:
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3) ¿Qué servicios ofrece IHSS? |
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Los servicios de IHSS incluyen: • Tareas domésticas, como cocinar, limpiar y lavar la ropa; • Cuidados personales, como vestirse, bañarse y alimentarse; • Transporte y servicio de acompañantes para citas médicas; • Atención supervisada; y • Auxilios paramédicos prescriptos por un médico. |
4) ¿Quién presta los servicios IHSS? |
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Algunos condados han contratado a proveedores de cuidados IHSS; los servicios también pueden ser prestados por proveedores comunitarios, amigos, vecinos y parientes. Usted es responsable de contratar, despedir y supervisar a su proveedor de cuidados IHSS. |
5) ¿Quién paga los servicios IHSS? |
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Los servicios IHSS son financiados por fondos del gobierno federal, del estado y del condado. Dependiendo de sus ingresos contables, es posible que tenga que pagar un costo compartido de los servicios; esto se conoce como " costo compartido." |
6) ¿Cuántas horas de servicios IHSS me darán cada mes? |
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Dependiendo de sus circunstancias, puede ser elegible hasta para 283 horas de servicios IHSS cada mes. Un trabajador social del condado hará una evaluación de sus necesidades para determinar qué servicios necesita y para cuántas horas es elegible. |
7) ¿Cómo se presenta la solicitud para IHSS? |
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Llame o acuda a la oficina local de Medi-Cal para llenar una solicitud para el programa IHSS y verificar su elegibilidad. Luego, un trabajador social del condado lo visitará en su casa para hacer una evaluación de sus necesidades con el fin de determinar los servicios IHSS y la cantidad de horas que usted necesita. |
8) ¿Cómo puedo averiguar si soy elegible? |
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Después de la evaluación de necesidades, el programa HISS se comunicará con usted para informarle si se aprobó o rechazó su solicitud. Si es aprobada, le informarán los servicios y la cantidad de horas autorizadas. Si se deniegan los servicios, o si no está satisfecho con la cantidad de horas autorizadas, usted tendrá el derecho de apelar. El procedimiento de apelación se describe en el reverso de la notificación recibida. |
9) ¿Es limitada la cantidad de horas provistas por tarea? |
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Sí. Por ejemplo, su/s proveedor/es de cuidados no puede/n pasar más de 6 horas por mes haciendo tareas domésticas; hacer compras no puede ser más de 1 hora por semana. Sin embargo, si puede probar que necesita más tiempo, a menudo puede conseguir más horas. |
10) ¿Hay requisitos médicos para IHSS? |
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Las personas discapacitadas deben reunir los requisitos médicos del Seguro Social para ser elegibles para el programa IHSS. |
11) ¿Puedo usar las horas de IHSS en el lugar de trabajo? |
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Sí. Se pueden usar las horas de IHSS para ayudar a conseguir, conservar o reincorporarse a un trabajo. No obstante, usted debe transferir las horas delegadas para los servicios en el hogar al lugar de trabajo; el programa IHSS no otorga horas adicionales utilizables en el lugar de trabajo. |
12) ¿Cómo debo presentar una solicitud para usar las horas de IHSS en el lugar de trabajo? |
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Comuníquese con el encargado de su caso IHSS e indíquele los servicios y la cantidad de horas requeridos en el lugar de trabajo. |
13) Soy un estudiante universitario. ¿Puedo usar las horas de IHSS como ayuda con mis cursos? |
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No. No se pueden usar las horas de los servicios IHSS para conseguir ayuda con cursos universitarios o capacitación profesional. |
14) Vivo en una residencia con asistencia para las actividades diarias. ¿Puedo usar los servicios IHSS allí? |
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No. Si vive en una residencia con asistencia para las actividades diarias o un hogar de ancianos, no es elegible para el programa IHSS. Si tiene planeado en el futuro vivir por su propia cuenta, entonces puede presentar una solicitud para que los servicios IHSS comiencen después de su mudanza. |
15) ¿Qué es el programa residual? |
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Hay tres programas estándares por medio de los cuales las personas reciben los servicios IHSS. El Programa Residual es para las personas que no son elegibles para la cobertura de servicios integrales de Medi-Cal. El programa ofrece una cantidad máxima de 195 horas por mes, la cual incluye una atención supervisada, para las personas sin una discapacidad grave, y hasta 283 horas por mes para aquellas con una discapacidad grave. |
16) ¿Qué es el Programa de Servicios de Cuidados Personales? |
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Las personas discapacitadas, cualquiera sea su grado de gravedad, pueden conseguir hasta 283 horas de servicio por mes de acuerdo con el Programa de Servicios de Cuidados Personales de Medi-Cal (PCSP). Esto incluye una atención supervisada. El programa está a disposición de todas las personas que tienen la cobertura de servicios integrales de Medi-Cal y que no tienen un cónyuge, o en caso de tratarse de un menor, por falta de un progenitor que le preste cuidados; también se ofrece a los niños mayores cuyos padres les prestan cuidados. |
17) ¿Qué es el Programa Plus Waiver de IHSS? |
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Este programa está disponible cuando se hace un pago anticipado o se ofrece una asignación para servicios de comida. También se aplica si el beneficiario tiene un cónyuge que lo ayuda, o uno de los padres provee cuidados (si se trata de un menor de edad), o tanto un cónyuge/progenitor que le presta cuidados u otro tipo de proveedor de cuidados; la cantidad máxima de horas varía de 195 a 283. |
18) ¿Quién contrata y supervisa a mi proveedor de cuidados? |
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Usted, el beneficiario de los servicios IHSS, es responsable de contratar, despedir y supervisar a su proveedor de cuidados. . |
19) ¿Puedo ser dueño de mi propia casa y ser elegible para los servicios IHSS? |
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Sí. Sus bienes personales no pueden superar los $2,000 para ser elegible para el programa IHSS; sin embargo, esto no incluye su vivienda, un vehículo para acudir a - o volver de - las citas médicas y un seguro de vida, con un valor nominal combinado menor que $1,500. |
20) ¿Puedo contratar a familiares para que me presten servicios IHSS? |
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Sí. Puede contratar a familiares, amigos, vecinos y otros proveedores de cuidados. |
21) ¿Me pueden ayudar con mis medicamentos en IHSS? |
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Sí. Su proveedor de cuidados IHSS lo ayudará a tomar los medicamentos y lo acompañará a las citas médicas. |
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