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Las personas que no son ciudadanas estadounidenses, a quienes se permite permanecer en el país debido a su temor con motivos fundados a la persecución en sus propios países. |
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Un programa de un condado que brinda ayuda a las personas que no pueden mantenerse a sí mismas, o con la ayuda de sus amigos o familiares, otros fondos públicos u otros programas de asistencia.
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El dinero en efectivo u otros bienes que se pueden convertir en dinero en efectivo dentro de 20 días, excluidos los días no hábiles. Estos bienes incluyen: las cuentas de ahorro y de cheques, acciones, bonos, acciones de fondos mutuos, pagarés, hipotecas y pólizas de seguros de vida. |
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Assuming they meet all other eligibility criteria, U.S. citizens and Qualified Aliens (inlcuding those who meet I-551 or I-94 status) are eligible for both Social Security and state public benefits programs.
Legal residents who don't have I-551 or I-94 status may be eligible for some state programs, but not for Social Security programs. This could include Legal Permanent Residents (LPRs), refugees, asylees, conditional entrants, people certified as victims of trafficking, certain people whose immigration status is pending, people under Temporary Protected or Family Unity Beneficiary Status, Lawful Temporary Residents, applicants for asylum, people who have been granted or are applying for withholding of removal, and all other people with a lawfully residing immigrant status.
People who are undocumented or non-immigrants are not eligible for any of these programs.
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Assuming they meet all other eligibility criteria, U.S. citizens and Qualified Aliens (inlcuding those who meet I-551 or I-94 status) are eligible for both Social Security and California public benefits programs.
Legal residents who don't have I-551 or I-94 status may be eligible for some California programs, but not for Social Security programs. This could include Legal Permanent Residents (LPRs), refugees, asylees, conditional entrants, people certified as victims of trafficking, certain people whose immigration status is pending, people under Temporary Protected or Family Unity Beneficiary Status, Lawful Temporary Residents, applicants for asylum, people who have been granted or are applying for withholding of removal, and all other people with a lawfully residing immigrant status.
People who are undocumented or non-immigrants are not eligible for any of these programs.
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El gobierno federal les paga a los planificadores de beneficios de las comunidades de todo el país para que ayuden a la gente a pensar acerca de temas relacionados con los incentivos laborales y los beneficios. Los CWIC son planificadores de beneficios capacitados por la Administración del Seguro Social para ayudar a los beneficiarios con los distintos programas, incluso la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) y el Seguro de Discapacidad del Seguro Social (SSDI), además de otros programas relacionados.
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Un contrato firmado por el patrocinador que demuestra que el inmigrante que solicita una visa de residencia no dependerá del gobierno para una asistencia en efectivo ni una atención a largo plazo (hogares de ancianos). Hay dos tipos de declaraciones juradas de asistencia: las antiguas (tradicionales) y las nuevas (ejecutables).
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La imposibilidad de realizar un trabajo sustancial y lucrativo (SGA, por sus siglas en inglés) debido a un impedimento físico o mental que se puede confirmar médicamente, el cual se anticipa resultará en el fallecimiento de la persona o durará un periodo continuo de al menos 12 meses. La persona deberá ser incapaz de hacer su trabajo previo y además no podrá efectuar ningún otro tipo de SGA existente en la economía nacional, considerando su edad, educación y experiencia laboral. Es irrelevante si existe un trabajo en el área inmediata, o si hay una vacante para un trabajo específico, o si el trabajador podría ser contratado si solicitara trabajo. La discapacidad del trabajador debe ser la razón principal por la cual éste no puede efectuar un SGA.
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Un programa financiado federalmente que ayuda a las personas de bajos ingresos a comprar alimentos. |
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Los siguientes ítems no se consideran recursos:
la vivienda y el terreno circundante
los artículos del hogar y los efectos personales cuyo valor total es de $2,000 o menos
un automóvil si: es necesario para ir al trabajo o para recibir un tratamiento médico, está modificado para que lo use una persona discapacitada, provee un medio de transporte necesario para realizar las actividades diarias básicas, o tiene un valor de
los bienes usados en una actividad o empresa que son esenciales para el autoabastecimiento
los recursos que una persona invidente o discapacitada necesita para cumplir con un Plan para lograr la autosuficiencia (PASS, por su sigla en inglés)
ciertas acciones de propiedad de algunos indios nativos de Alaska
todo seguro de vida, si el valor nominal total de todas las pólizas de una persona no excede de $1,500; de lo contrario, los valores de rescate en efectivo de las pólizas del
las tierras restringidas asignadas a los indios nativos de los EE. UU.
la ayuda en caso de catástrofe.
el lote para entierro, cualquiera sea su valor, y los subsidios de sepelio hasta $1,500.
los pagos retrobienes hechos conforme al Título XVI (SSI) o el Título II (SSDI) durante 6 meses.
la asistencia para la vivienda.
nueve meses de pagos recibidos como compensación por los gastos o las pérdidas sufridas como consecuencia de un delito
nueve meses de ayuda para la reubicación
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Una exención de valoración para los solicitantes del Programa de ayuda en efectivo para inmigrantes (CAPI, por su sigla en inglés), cuyo patrocinador firmó una antigua declaración jurada de asistencia. Se considera que una persona es indigente si percibe menos del monto de la prestación de la Seguridad de ingreso suplementario (SSI, por su sigla en inglés), $674 por mes en 2010 para un individuo ($1,011 para una pareja).
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Un individuo que es:
- Residente legal permanente,
- asilado,
- refugiado,
- persona a quien se permite ingresar en los Estados Unidos por al menos 1 año por razones de emergencia o interés social,
- persona a quien se concede el aplazamiento de la deportación o la repatriación,
- persona suyo ingreso condicional fue autorizado,
- ciudadano cubano o haitiano que ingresa en el país, o
- un cónyuge o un menor que es víctima de la violencia doméstica, o el padre de un menor que es víctima de la violencia doméstica.
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La cantidad de ingresos de otra persona, el cónyuge, patrocinador, el cónyuge del patrocinador, el padre, que se considera que pertenece al individuo, ya sea que esta persona reciba este dinero o no. |
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Son los pagos por discapacidad, u otros fondos, recibidos sin haber efectuado un trabajo físico o mental. Los ejemplos incluyen: beneficios por discapacidad (SDI, SSDI, SSI, STD, LTD); ingresos de un fideicomiso o una inversión; dividendos; ganancias o fondos recibidos de cualquier otra fuente que no sea un empleo (por oposición a ingresos provenientes del trabajo).
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Los salarios, sueldos, propinas, honorarios profesionales y otras cantidades recibidas en pago de un trabajo físico o mental efectuado realmente, sin incluir los fondos obtenidos de otras fuentes (por oposición a “Ingresos no derivados del trabajo”).
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La definición de ceguera en los programas de discapacidad del Seguro Social es una "ceguera legal", lo cual significa que: - Su mejor ojo tiene una agudeza visual central de 20/200 o menos, aun cuando usa lentes de contacto o anteojos correctores en ese ojo; o
- su mejor ojo tiene un campo de visión limitado de modo tal que:
- Sus campos visuales periféricos se han contraído a 10 grados desde el punto de fijación, o
- El diámetro más amplio de su campo visual subtiende un ángulo no mayor a 20 grados, o
- Sus campos visuales periféricos se han contraído al 20% o menos de su eficacia.
Si tiene un trastorno visual que no es una "ceguera" de acuerdo con la definición anterior, pero su visión reducida (sola o junto con otras discapacidades) le impide trabajar, aún podrá reunir los requisitos para los beneficios de la Seguridad de ingreso suplementario (SSI, por sus siglas en inglés). |
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La persona que, al firmar una declaración jurada de asistencia, acuerda ayudar a un inmigrante como una condición para que éste sea admitido para su residencia permanente en los EE. UU. |
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El acto de auspiciar legalmente a un inmigrante para que ingrese en los EE. UU. |
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El Programa de asistencia en efectivo para los inmigrantes considera a los individuos de 65 años o más como personas de la tercera edad. |
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Un experto que lo puede ayudar a comprender y presentar una solicitud para los programas de beneficios. La meta es prevenir que tenga dificultades económicas mientras formula un plan sustentable para el futuro. Para ubicar un planificador de beneficios en California, recurra al Directorio de Planificadores de Beneficios.
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Las pruebas que constatarían un hecho si fuera indiscutible. |
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Las personas que no son ciudadanas a quienes se les dio permiso, mientras se encontraban fuera de los Estados Unidos y de sus países de origen, para que ingresaran a vivir en los EE. UU. debido a su temor con motivos fundados a la persecución en sus propios países. |
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Las personas deben vivir y tener la intención de residir en California; aquellas que viven en la cárcel, prisión, un hospital de veteranos, u otra institución pública no califican para los beneficios. |
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Las personas que no son ciudadanas y residen en los Estados Unidos con el conocimiento y la autorización del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por su sigla en inglés). Esta categoría incluye a las personas que no son ciudadanas:
que están sujetas a una orden de supervisión
en cuyo nombre se ha aprobado la petición de un familiar directo, que tienen derecho a salir voluntariamente [del país]
que han presentado apropiadamente una solicitud para ajustarse a la condición de residente permanente legal
cuya deportación fue suspendida
que fueron autorizadas a salir voluntariamente [del país] y que están esperando que se les expida la visa
en un estado de acción diferida
que han ingresado y continúan residiendo en los Estados Unidos desde antes del 1 de enero de 1972
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Los individuos que viven en los Estados Unidos con una visa de residencia permanente. |
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Un individuo que ha soportado un comportamiento represivo o agresivo, como abusos físicos, sexuales y psicológicos, dependencia por control económico, aislamiento, acecho y amenazas. |
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Un individuo que es víctima de tráfico sexual; o una víctima del reclutamiento, ocultamiento, transporte o suministro forzado o fraudulento de una persona para trabajos o servicios que la someten a una servidumbre involuntaria o la esclavitud, o que la obligan a trabajar para cancelar una deuda con otra persona. |
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