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disability benefits 101: Cómo trabajar con una discapacidad en California
Glosario: COBRA y la continuidad de la cobertura
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A

Administrador de la Ley de Reconciliación Presupuestaria Consolidada (COBRA, por su sigla en inglés)

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Una compañía externa que procesa las primas de COBRA o de OBRA. Como esta compañía puede estar situada en otro estado, puede no tener conocimiento de las leyes del seguro médico en el Estado de California.
C

Cobertura grupal

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Cobertura ofrecida a un individuo por medio de un grupo, por ejemplo, una cobertura auspiciada por un empleador, una asociación afiliada o grupal profesional.

Cobertura individual

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Es la cobertura que puede comprar directamente a una compañía de seguros, en general por medio de un agente. Usted es responsable de pagar toda la prima, y la mayoría de las pólizas individuales establecen un proceso de aprobación del historial médico.

Cobertura médica contratada por el empleador

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Cobertura médica ofrecida por un empleador.

Cobertura médica grupal contratada por una asociación

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Cobertura grupal ofrecida por medio de una asociación, tal como un sindicato, gremio u asociación profesional.

Comportamiento ilícito grave

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Una grave infracción de la política de la compañía, o la perpetración de un delito que afecta el lugar de trabajo, los cuales pudieran traer como consecuencia la pérdida de los beneficios de COBRA. Aunque un "comportamiento ilícito grave" no está definida en la legislación de COBRA, los ejemplos anteriores incluyen la malversación de fondos, declaraciones falsas, hurto y actos de violencia no relacionados con el trabajo.

Coordinador de incentivos laborales comunitarios (CWIC)

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El gobierno federal les paga a los planificadores de beneficios de las comunidades de todo el país para que ayuden a la gente a pensar acerca de temas relacionados con los incentivos laborales y los beneficios. Los CWIC son planificadores de beneficios capacitados por la Administración del Seguro Social para ayudar a los beneficiarios con los distintos programas, incluso la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) y el Seguro de Discapacidad del Seguro Social (SSDI), además de otros programas relacionados.
D

Derechos de inscripción especial

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Los derechos que permiten a un individuo reunir los requisitos para una cobertura médica sin tener que pasar por un proceso de aprobación de su historial médico. Se pueden solicitar los derechos de inscripción especial a un empleador dentro de los 30 días de haber vencido o terminado la cobertura médica. Estos derechos se aplican a los individuos que no se inscriben durante el periodo de inscripción inicial, o que han perdido su cobertura médica.
E

Eventos calificadores

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Los eventos que pueden dar como resultado la terminación de la cobertura médical grupal auspiciada por el empleador, pero que permiten a un individuo reunir los requisitos para COBRA u otra continuación de la cobertura. Lea los detalles en la descripción del Programa COBRA.
F

Familiar a cargo

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Toda persona que depende de otra para su manutención económica. Cada programa tiene su definición específica de los individuos que califican como familiares a cargo.
P

Pago de las primas del seguro médico (HIPP, por su sigla en inglés) de Medi-Cal

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Un programa del Estado que paga las primas del seguro médico privado. Para obtener información sobre los procedimientos de la solicitud, llame al (866) 298-8443.

Pareja en unión libre

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Una pareja que registra su unión libreEnlace externo y reúne los siguientes requisitos:

• Residimos en el mismo lugar;
• Ninguno de nosotros está casado con otra persona ni es miembro de otra pareja en unión libre que no haya terminado, no se haya disuelto ni se haya declarado nula;
• No poseemos ningún parentesco sanguíneo que nos impida casarnos en este estado;
• Ambos tenemos al menos 18 años de edad;
• Los dos somos del mismo sexo, o uno o ambos tenemos 62 años o más, y reunimos los criterios de elegibilidad establecidos en el Título II de la Ley del Seguro Social, según se define en el Artículo 402(a) del Título 42 del Código de los EE. UU. respecto de los beneficios de los seguros médicos para las personas de la tercera edad, o el Título XVI de la Ley del Seguro Social, según se define en el Artículo 1381 del Título 42 del Código de los EE. UU. respecto de las personas de la tercera edad;
• Ambos somos capaces de dar nuestro consentimiento para la unión libre;
• Aceptamos someternos a la jurisdicción de los Tribunales Superiores de California con el fin de iniciar un proceso para que se dicte la disolución o la nulidad de la unión libre o la separación legal de los miembros de la unión libre, o para cualquier otro proceso relacionado con los derechos y las obligaciones de los miembros, aún si uno de ellos o ambos dejan de residir o constituir domicilio en este estado.

Planes de autoseguro

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Un plan que cubre los gastos médicos de un individuo con fondos de la compañía, separados para pagar reclamaciones del seguro de salud. En general, los planes de autoseguro están regidos por las leyes federales sobre la cobertura médica, pero no las del estado. Pregunte a su empleador o plan para averiguar si está afiliado a un plan de autoseguro.

Planificador de beneficios

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Alguien que lo puede ayudar a comprender o presentar una solicitud para los programas de beneficios cuando usted queda discapacitado o cumple 65 años. La meta es prevenir que tenga dificultades económicas mientras formula un plan sustentable para el futuro.

Prima

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Un pago regular con fecha de vencimiento efectuado a una compañía aseguradora o plan de atención médica.

Programa de recursos de urgencia integrales para pacientes con SIDA/pago de las primas del seguro médico (CARE/HIPP, por sus siglas en inglés)

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Un programa que paga las primas del seguro médico privado de los individuos que están discapacitados porque tienen VIH o SIDA y no reúnen los requisitos para Medi-Cal/HIPP. La inscripción en este programa es administrada por medio de organizaciones del SIDA, autorizadas por CARE/HIPP.
http://es.disabilitybenefits101.org/ca/glossary/glossary_254.htm